COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

Dando cumplimiento al Decreto 1295/94, se ha hecho la elección del comité paritario de Salud Ocupacional el cual cumple con las siguientes tareas:
Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de Salud Ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.

¨      Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover su divulgación y observancia.

¨      Colaborar con el análisis de las causas de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y proponer a las directivas las medidas correctivas que haya lugar para evitar la ocurrencia. Evaluar los Programas que se hayan realizado.

¨      Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador  sobre la existencia de Factores de Riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.

¨      Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

¨      Servir de organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la Salud Ocupacional.
¨       Solicitar periódicamente a la coordinación de Desarrollo informes sobre accidentalidad y Enfermedades Profesionales.

¨      Mantener un archivo de actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen.








  
Bibliográfica: 

Autor: Andrea Londoño
Tema: Programa de Salud Ocupacional
Disponible en: https://sites.google.com/site/saludocupacionalgrupod/  
Consulta: Subprogramas de Salud Ocupacional
Fecha de la consulta: 05 de Septiembre del 2015

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